La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) ha convocado el programa SME Fund 2026, dando continuidad a una iniciativa ya consolidada en ediciones anteriores, dirigida a pymes y trabajadores autónomos que deseen proteger sus activos de propiedad industrial mediante el reembolso parcial de las tasas oficiales asociadas al registro de marcas, diseños y patentes, tanto a nivel nacional como europeo e internacional.
¿QUÉ ES EL SME FUND 2026?
El SME Fund es un programa de subvenciones que permite a las pymes y trabajadores autónomos obtener el reembolso de las tasas oficiales asociadas al registro de derechos de propiedad industrial. En su 5º edición, el programa cuenta con un presupuesto global superior a 20 millones de euros y articula las ayudas en forma de bonos, que se conceden previa solicitud y se aplican a actuaciones concretas de protección de derechos de PI iniciadas tras su concesión.
¿QUIÉN PUEDE BENEFICIARSE DE ESTAS AYUDAS?
– Pequeñas y medianas empresas (pymes) establecidas en la Unión Europea de menos de 250 empleados, y volumen de negocio anual igual o inferior a 50 millones de euros, o balance general anual igual o inferior a 43 millones de euros.
– Autónomos que acrediten una actividad económica.
– Determinadas fundaciones y asociaciones que desarrollen actividad económica, cuando menos del 25% de su capital esté en manos de entidades públicas
¿QUÉ ACTIVIDADES ESTÁN CUBIERTAS?
1) MARCAS Y DISEÑOS
En la UE: Reembolso de hasta el 75% de las tasas de marcas dibujos y modelos en la UE (incluidas las tasas de solicitud, clase, examen, registro, publicación y aplazamiento de la publicación) con un bono de hasta 700€ por beneficiario.
Ámbito internacional (OMPI): Reembolso de hasta el 50% de las tasas de solicitud y designación de marcas, dibujos o modelos fuera de la UE, con un bono de hasta 700€ por beneficiario. Se incluyen las tasas de designación originarias de países de la UE y la EUIPO. Quedan excluidas las tasas de tramitación cobradas por la oficina de origen.
2) PATENTES
Nacionales: Reembolso del 75% de las tasas (hasta 1.000€ por beneficiario) para patentes presentadas ante las OPI de los estados miembros. Son subvencionables las solicitudes de patentes nacionales presentadas como primera solicitud o con reivindicación de prioridad. Quedan excluidas las solicitudes presentadas bajo el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT).
Europeas: Reembolso del 75% de las tasas de presentación y búsqueda (hasta 1.000€) de las solicitudes de patentes europeas presentadas como primera solicitud o con reivindicación de prioridad, incluidas las presentadas en el marco del PCT.
Costes jurídicos: Reembolso del 50 % de los costes de redacción y presentación de una solicitud de patente europea, hasta un máximo de 1.500 € por beneficiario, siempre que los servicios sean prestados por un representante autorizado ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).
No es posible solicitar en una misma solicitud bonos para patentes nacionales y patentes europeas, pero sí en solicitudes separadas.
3) VARIEDADES VEGETALES: Reembolso del 75 % de las tasas oficiales correspondientes a la protección comunitaria de variedades vegetales ante la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV), con un límite máximo de 1.500 € por beneficiario.
¿CUÁLES SON LOS PLAZOS DE SOLICITUD Y CÓMO FUNCIONAN LAS AYUDAS?
1. Plazo de solicitud y evaluación
La solicitud del bono debe presentarse antes del 4 de diciembre de 2026. Las solicitudes se evalúan de forma semanal y la EUIPO notifica la concesión o denegación del bono en un plazo aproximado de diez días laborables, contados desde el viernes de la semana en la que se haya presentado la solicitud.
2. Activación y utilización del bono
Una vez concedido, el bono debe activarse en el plazo de un mes, con posibilidad de una prórroga adicional de un mes. Tras su activación, el bono podrá aplicarse a las actuaciones subvencionables correspondientes dentro de un plazo máximo de seis meses.
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Desde Marqués & Ferrer podemos apoyarte en la revisión de requisitos, la estimación del reembolso, la correcta presentación de la solicitud, la tramitación de los activos de propiedad industrial y la justificación de los gastos.
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