NOVEDADES EN LA PRESENTACIÓN DE DIBUJOS EN LAS SOLICITUDES EUROPEAS DE PATENTE

A partir del próximo 1 de octubre de 2025 entrará en vigor una nueva medida adoptada por la Oficina Europea de Patentes (EPO), en virtud de la Decisión del Presidente de la EPO de 25 de julio de 2025 (OJ EPO 2025, A49). Esta decisión introduce una importante novedad: la posibilidad de incluir dibujos en color o en escala de grises en las solicitudes de patente europeas, siempre que se presenten por vía electrónica.

Hasta ahora, los dibujos incluidos en las solicitudes europeas debían presentarse únicamente en blanco y negro. Con este cambio, se amplían las opciones para representar visualmente las invenciones, lo cual puede ser especialmente útil en sectores donde el uso del color facilita la comprensión técnica o mejora la claridad de los esquemas.

En el contexto nacional, esta modificación también afectará al procedimiento de validación de patentes europeas en España. La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) exigirá que, en los casos en que los dibujos hayan sido concedidos y publicados en color o en escala de grises por la EPO, se mantenga ese mismo formato en el proceso de validación en nuestro país.

Desde una perspectiva práctica, esta novedad supone un paso hacia una mayor coherencia entre las exigencias de la EPO y la OEPM, reduciendo trámites innecesarios y ofreciendo a los solicitantes mayor margen de actuación. Se trata, además, de una medida que se enmarca en el proceso continuo de modernización y digitalización del sistema de propiedad industrial europeo.

En Marqués&Ferrer, contamos con una sólida trayectoria en el asesoramiento integral en materia de propiedad industrial, tanto en el ámbito de las patentes como en el de las marcas. Nuestro equipo de profesionales está preparado para guiarte en todos los aspectos del registro y protección de tus activos, desde la redacción y presentación de solicitudes hasta la defensa de tus derechos en el mercado. ¿Empezamos?

ALUCINACIONES EN LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL: UN RIESGO LEGAL CRECIENTE

Las llamadas “alucinaciones” en inteligencia artificial (IA) hacen referencia a cuando un sistema genera afirmaciones falsas o inventadas que presenta como ciertas. Este fenómeno es especialmente habitual en modelos de lenguaje como ChatGPT, DeepSeek, Grok, Queen o Gemini que producen texto en función de patrones estadísticos, sin verificar la veracidad del contenido. Como resultado, una IA puede ofrecer con total convicción datos incorrectos, citas jurisprudenciales ficticias o interpretaciones jurídicas erróneas.

Si bien en algunos contextos estas alucinaciones pueden parecer anecdóticas, su uso en entornos jurídicos, administrativos o técnicos puede acarrear consecuencias legales serias.

¿POR QUÉ OCURREN?

Los modelos de IA no razonan ni comprenden como los humanos. En lugar de “saber” algo, generan la respuesta más probable basada en los datos con los que fueron entrenados. Cuando la información disponible es insuficiente, ambigua o contradictoria, el sistema tiende a completar el vacío con contenido plausible, pero erróneo. Esta falta de verificación convierte a las alucinaciones en un riesgo estructural de la IA generativa.

RIESGOS JURÍDICOS ASOCIADOS

  1. Responsabilidad civil:

Cuando una IA ofrece información falsa que genera un perjuicio (por ejemplo, un diagnóstico erróneo, una inversión mal asesorada o una acción legal fallida), surgen dudas sobre quién debe asumir la responsabilidad: el desarrollador, el proveedor o el usuario. Aunque hoy la legislación aún está adaptándose, ya se discute si ciertas aplicaciones de IA podrían considerarse defectuosas desde el punto de vista del régimen de responsabilidad por productos.

  1. Uso en entornos jurídicos y administrativos:

Han salido a la luz casos de abogados sancionados por presentar escritos redactados con IA que contenían jurisprudencia inexistente. El uso de información alucinada en procedimientos judiciales o administrativos puede causar nulidad, errores procesales o incluso vulneraciones del derecho a una tutela judicial efectiva.

  1. Difamación y derecho al honor:

En algunos casos, la IA ha atribuido falsamente a personas delitos que nunca cometieron o hechos infamantes. Estas afirmaciones pueden constituir una intromisión ilegítima en el derecho al honor y dar lugar a responsabilidades civiles o incluso sanciones por protección de datos personales, si la información falsa afecta a personas identificables. 

  1. Propiedad intelectual:

Una IA puede generar contenidos derivados o similares a obras protegidas por derechos de autor sin intención ni consciencia de ello. Si una creación generada infringe derechos de terceros, ¿quién responde? Aunque los marcos legales actuales aún no han dado una respuesta uniforme, muchos desarrolladores comienzan a ofrecer garantías legales a los usuarios ante posibles reclamaciones.

PRECAUCIÓN ANTE EL ASESORAMIENTO JURÍDICO AUTOMATIZADO

Es fundamental advertir que, en propiedad industrial, por convincente que parezca una respuesta generada por IA sobre cuestiones legales, no debe sustituirse nunca la consulta con un Agente de la Propiedad Industrial. La interpretación jurídica requiere análisis contextual, conocimiento normativo actualizado y criterio técnico que ningún modelo automático puede reproducir con fiabilidad.

El Dragón de las Ideas Brillantes

En el corazón de una bulliciosa Barcelona, donde los edificios se alzaban como torres de ingenio y la innovación florecía en cada esquina, se celebraba un año más la mágica Diada de Sant Jordi. Las calles se teñían de rojo con miles de rosas, y las librerías rebosaban historias esperando ser descubiertas.

En este día tan especial, un joven inventor, conocido por su mente inquieta y sus ideas revolucionarias, paseaba por el centro. Llevaba consigo una hermosa rosa para su estimada amiga, una brillante diseñadora industrial cuyo talento daba forma a los sueños.

Ella había encontrado un libro muy especial para él. No era una novela de caballerías ni un poemario, sino un compendio de los más fascinantes inventos de la historia. Sabía que a él le inspiraría tanto como a ella la belleza de un diseño innovador.

Mientras él la buscaba, se topó con una escena peculiar. Un pequeño robot de un verde vibrante, acompañado de un dragón con simpáticos ojos saltones, parecían custodiar algo precioso. Al acercarse, vio que el robot estaba sentado en un bonito libro junto al envoltorio de una rosa de terciopelo rojo intenso.

—¡Qué curiosa pareja!—, pensó, recordando la leyenda de Sant Jordi y el temible dragón. Sonrió al ver la etiqueta adherida al juguete: “Marqués & Ferrer” —.

En ese instante, ella apareció, radiante como siempre. Al ver la rosa en manos de él, sus ojos brillaron. Él le entregó la flor con una sonrisa afectuosa.

—Feliz Sant Jordi.—.

Ella cogió la rosa con gratitud y le ofreció el libro, diciéndole: —Espero que este libro encienda aún más tu imaginación —.

Mientras caminaban juntos, él le contó sobre el peculiar robot que había encontrado. —Parecía un guardián de la rosa, ¿verdad? Me recordó a la importancia de proteger nuestras invenciones y creaciones, porque son tesoros valiosos —.

Ella asintió. —Así es. Igual que Sant Jordi protegió a la princesa, Marqués & Ferrer ayuda a proteger las creaciones de mentes como la tuya y la mía. Una patente es como esa lanza que defiende una invención, y una marca, como el escudo que la distingue.

La tarde avanzó entre el bullicio festivo. En cada rosa y en cada libro latía una historia de valentía, creatividad y amparo. Y en ese pequeño robot con su dragón verde, encontraron un divertido recordatorio de la importante labor de Marqués & Ferrer en la defensa de las ideas que dan forma al futuro.

Subvenciones OEPM 2025: cómo recuperar parte del coste de tus patentes y modelos de utilidad

¿Has presentado una solicitud de patente o modelo de utilidad en España o en el extranjero? ¿Eres una empresa innovadora o un inventor autónomo? Entonces esto te interesa: la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha abierto su convocatoria de subvenciones para 2025, y puede ayudarte a recuperar parte de los costes oficiales que has asumido.

A continuación, te explicamos en qué consiste esta ayuda, quién puede acceder, qué gastos cubre y cómo solicitarla.

¿En qué consiste esta ayuda?

La OEPM subvenciona parcialmente los gastos derivados de trámites oficiales ante oficinas de patentes, en dos líneas diferenciadas:

  • Programa nacional: para solicitudes de patentes y modelos de utilidad españolas.

  • Programa exterior: para solicitudes internacionales (PCT, EPO, oficinas extranjeras).

Ambas se pueden solicitar a la vez y son compatibles con otras ayudas.

¿Quién puede pedirla?

Pueden beneficiarse:

  • Personas físicas (inventores individuales)
  • Autónomos
  • PYME españolas: Empresas que actúen como titulares de la solicitud (cuando han asumido el coste, aunque la invención sea de un tercero)

¿Qué gastos están subvencionados en 2025?

– Programa exterior

Aplica a invenciones protegidas fuera de España. Los trámites subvencionables son únicamente los relacionados con el pago de tasas oficiales:

Oficinas extranjeras o regionales:

  • Solicitud de patente o modelo de utilidad

  • Validación de patentes europeas (fuera de España)

  • Búsqueda de anterioridades (estado de la técnica)

  • Examen de la solicitud

  • Concesión de la patente

Oficina Europea de Patentes (EPO):

  • Designación de países

  • Exceso de reivindicaciones

  • Anualidades previas a la concesión

Procedimiento internacional PCT (con OEPM como oficina receptora o autoridad):

  • Solicitud internacional PCT

  • Búsqueda internacional

  • Examen preliminar internacional

– Programa nacional

Dirigido exclusivamente a PYME y personas físicas, para solicitudes ante la OEPM.

Trámites subvencionables:

  • Solicitud de modelo de utilidad español

  • Informe sobre el Estado de la Técnica (IET) de modelos de utilidad

  • Solicitud de patente española

  • IET de patentes españolas

  • Examen sustantivo de patentes españolas

¿Cuánto puedo recibir?

La subvención cubre un porcentaje fijo de los gastos subvencionables, hasta los límites establecidos en tablas de referencia.

Eso sí, hay un tope: no se puede superar el máximo permitido por el régimen de ayudas de minimis (300.000 € por empresa en 3 años).

¿Cómo se solicita?

La solicitud se tramita 100 % online a través de la sede electrónica de la OEPM. El plazo para presentar solicitudes es un mes desde que se publique el anuncio en el BOE.

Puedes acceder a la convocatoria haciendo clic en este enlace.

¿Qué documentación necesitas?

Según si eres persona física o jurídica, y si actúas con o sin representante, deberás presentar:

  • NIF del solicitante

  • Escritura de apoderamiento (si es empresa)

  • Autorización del representante

  • Datos bancarios

  • Declaraciones responsables (sobre tasas pagadas, veracidad de documentos, ayudas recibidas, etc.)

  • Documentación específica para cada programa (nacional o exterior)

Novedades 2025: ¿qué ha cambiado?

Aunque la estructura general es la misma que en 2024, hay algunas mejoras:

– Se refuerza la claridad sobre quién debe presentar la solicitud si los gastos los paga una empresa.
– Se exige con más rigor la acreditación del poder de firma.
– Se adapta la convocatoria al nuevo Plan Estratégico 2025–2027 del Ministerio de Industria.
– Se actualiza el régimen de ayudas de minimis conforme a la normativa europea de diciembre de 2023.

¿Por qué deberías presentarte?

Porque patentar cuesta dinero, y esta ayuda te permite reducir el impacto económico de proteger tus ideas, ya sea dentro o fuera de España. Es una oportunidad especialmente interesante para:

  • Startups tecnológicas

  • Centros de I+D y spin-offs

  • Inventores independientes

  • PYMEs que innovan

¿Quieres saber si tu caso encaja?

Desde nuestro despacho podemos ayudarte a:

– Evaluar si cumples los requisitos
– Calcular cuánto podrías recuperar
– Presentar la solicitud correctamente
– Justificar documentalmente los gastos

Contáctanos y te asesoramos sin compromiso.

¡La EUIPO te paga la fiesta! (Bueno, casi)

¡Hola, emprendedores! ¿Sabéis que la EUIPO ha lanzado una nueva convocatoria del SME Fund para 2025? ¡Una oportunidad de oro para las PYMEs que quieren proteger sus activo IP!

Una de las características destacables del SME Fund es su enfoque en la asistencia financiera a las PYMEs, lo que les permite acceder a servicios de PI a un coste reducido. Además, el programa se enfoca en fomentar la innovación y el crecimiento empresarial en Europa, mediante la protección de la PI y el fomento de la competencia leal en el mercado.

Este programa, que forma parte de la iniciativa Ideas Powered for Business, ofrece subvenciones para cubrir los costes de la protección de la propiedad intelectual. ¡Menos costes, más tranquilidad para tu negocio!

¿Y qué cubre exactamente? ¡Pues un montón de cosas!

Marcas y diseños:

  • En la UE: Podéis obtener un reembolso de hasta el 75% de las tasas de marcas dibujos y modelos en la UE (incluidas las tasas de solicitud, clase, examen, registro, publicación y aplazamiento de la publicación) con un bono de hasta 700€ por beneficiario.
  • Fuera de la UE: ¡También! Si la gestión la lleva la Organización Mundial de la Propiedad Industrial (OMPI). Se podrá obtener un reembolso del 50% de las tasas de solicitud y designación de marcas, dibujos o modelos fuera de la UE. Se incluyen las tasas de designación originarias de países de la UE y la EUIPO, aunque quedan excluidas las tasas de tramitación cobradas por la oficina de origen.

Patentes:

  • Nacionales: Reembolso del 75% de las tasas (hasta 1.000€ por beneficiario) para patentes presentadas ante las OPI de los estados miembros. Son subvencionables las solicitudes de patentes nacionales presentadas como primera solicitud o con reivindicación de prioridad. Quedan excluidas las solicitudes presentadas bajo el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT).
  • Europeas: ¡También hay ayuda! Reembolso del 75% de las tasas de presentación y búsqueda (hasta 1.000€) de las solicitudes de patentes europeas presentadas como primera solicitud o con reivindicación de prioridad, incluidas las presentadas en el marco del PCT.
  • Incluso el 50% de los costes jurídicos de redacción y presentación hasta un máximo de 1.500€ por beneficiario, siempre que el servicio sea prestado por un profesional autorizado para actuar ante la EPO.
  • ¡Ojo! No se pueden solicitar bonos para patentes nacionales y europeas en la misma solicitud, pero sí en solicitudes separadas.

Variedades vegetales:

  • Si tenéis una variedad vegetal única, ¡también hay un reembolso del 75% de las tasas de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV), hasta un máximo de 1500€ por beneficiario!

¿Quiénes pueden beneficiarse? ¡Las PYMEs de los 27 estados miembros de la UE o de Ucrania, con menos de 250 empleados y un volumen de negocios anual inferior a 50 millones de euros! ¡Incluso los autónomos y las fundaciones pueden solicitarlo!

¿Cómo funciona? ¡Es muy sencillo!

  1. Solicitar el bono antes del 5 de diciembre de 2025. Las solicitudes presentadas se evaluarán semanalmente y se notificarán los resultados a los 10 días laborales contados desde el viernes de la semana en la que se ha realizado la solicitud.
  2. Activarlo en el plazo de un mes (prorrogable por un mes más) y aplicarlo a algún trámite en un plazo de seis meses.

¡Y si necesitáis ayuda con la solicitud, activación o aplicación del bono, en Marqués & Ferrer estaremos encantados de guiaros en el proceso! ¡No dejéis escapar esta oportunidad! ¿Empezamos?

El curioso caso de Nestea y Fuze Tea: cuando la propiedad industrial cambia el sabor de una marca icónica

Imagina entrar a un supermercado, buscar tu refrescante té helado favorito y encontrar que, aunque la botella sigue diciendo Nestea, el sabor ya no es exactamente el mismo. Peor aún: si quieres el sabor de siempre, tienes que comprar un producto que se llama Fuze Tea. No es un caso de marketing confuso ni un error de distribución: es una extraña consecuencia de la propiedad industrial.

Este curioso enredo comercial se originó en 2017, cuando la alianza entre Nestlé y The Coca-Cola Company llegó a su fin. Durante décadas, ambas empresas habían compartido la explotación de la marca Nestea, una de las más reconocidas en el segmento de té listo para beber. Sin embargo, tras su separación, se encontraron con un dilema típico del mundo de la propiedad industrial: Nestlé era la dueña de la marca Nestea, pero Coca-Cola era propietaria de la fórmula original de la bebida.

La consecuencia fue que cada empresa tomó caminos distintos: Coca-Cola lanzó Fuze Tea, utilizando la fórmula original de Nestea (con algunas adaptaciones), mientras que Nestlé reformuló su propio Nestea para poder seguir comercializándolo sin infringir derechos de propiedad industrial de su exsocia. Como resultado, los consumidores se encontraron en una situación paradójica: el Nestea de siempre ahora se llama Fuze Tea, y el Nestea que puedes comprar hoy no sabe como el de antes.

La reacción del público fue diversa. Muchos consumidores sintieron que Fuze Tea era el verdadero sucesor de Nestea en cuanto a sabor, aunque el cambio de nombre generó confusión. Otros se quedaron con la nueva versión de Nestea, aunque con la sensación de que “algo había cambiado”. Esta situación también pone en evidencia un aspecto fascinante de la propiedad industrial: a veces, una marca y un producto no son la misma cosa, y pueden separarse con efectos inesperados para los consumidores.

Al final, este caso demuestra cómo los derechos de propiedad intelectual y las estrategias corporativas pueden transformar lo que parece inmutable. Ahora, la elección está en manos del consumidor: ¿Prefieres el nombre de siempre o el sabor de siempre?

En Marqués & Ferrer, contamos con amplia experiencia en la gestión y asesoramiento para el registro de marcas. Nuestro equipo de profesionales está preparado para guiarte en la selección adecuada de las clases que maximicen la protección de tu marca en el mercado.

Si deseas más información, no dudes en contactarnos. ¿Empezamos?

La digitalización de los trámites en marcas y patentes: ¿avance o vulnerabilidad?

La apuesta decidida de las administraciones públicas por la digitalización y simplificación de los trámites ante oficinas de marcas y patentes, como la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), ha marcado un hito en la accesibilidad y economía para los usuarios. Sin embargo, esta modernización, aunque indiscutiblemente ventajosa, ha traído consigo un grave inconveniente: la exposición de los usuarios a sofisticadas estafas y ciberdelitos.

Desde la implementación de plataformas digitales que permiten gestionar solicitudes de forma autónoma, los procesos administrativos se han agilizado significativamente, eliminando barreras económicas y reduciendo los tiempos de espera. Según datos recientes de la OEPM, en 2023, el 70% de las solicitudes de marcas se realizaron a través de su plataforma en línea, representando un aumento del 25% respecto a 2019. Esta tendencia se replica en otras oficinas internacionales, como la Oficina Europea de Patentes (OEP), donde más del 85% de las solicitudes ya se tramitan digitalmente.

Aunque estos avances han democratizado el acceso a los registros de propiedad industrial, beneficiando especialmente a emprendedores y pequeñas empresas, también han incrementado la exposición a riesgos cibernéticos. En el último año, se registraron más de 1.500 intentos de fraude documentados en Europa relacionados con marcas y patentes, según la Asociación Internacional de Propiedad Intelectual (AIPPI).

El cibercrimen se reinventa

En este nuevo entorno, los estafadores han aprovechado la facilidad de acceso a datos públicos y la falta de conocimientos técnicos de los solicitantes para lanzar ataques dirigidos. Utilizando inteligencia artificial, estas redes son capaces de generar correos electrónicos fraudulentos que simulan ser comunicaciones oficiales.

Según el informe de ciberseguridad de la UE de 2024, el 57% de las estafas digitales en el ámbito de la propiedad industrial implican correos electrónicos fraudulentos dirigidos a titulares de marcas recientes. Estos correos suelen incluir títulos de propiedad falsificados o solicitudes de pago ilegítimas y se distribuyen de manera masiva en cuestión de minutos, con un nivel de personalización que dificulta su detección.

Además, la inteligencia artificial ha permitido a los ciberdelincuentes automatizar la recopilación y análisis de datos sensibles de las bases públicas de marcas y patentes. En 2024, se estima que más del 30% de los ciberataques dirigidos a usuarios del sistema de propiedad industrial utilizaron herramientas de IA para diseñar ataques más efectivos.

¿El precio de la accesibilidad?

Una de las principales preocupaciones radica en el acceso anónimo a información pública y en la eliminación, en muchos casos, de la intervención de agentes oficiales de la propiedad industrial. Estos profesionales titulados, cuya labor es velar por los intereses del titular de la solicitud, han sido en parte desplazados por la autogestión promovida por la administración.

Las estadísticas demuestran que los solicitantes sin representación profesional son los más afectados. Según un estudio realizado por la AIPPI, el 75% de las víctimas de fraude en el ámbito de las marcas y patentes actuaban sin asesoramiento profesional.

Este dato subraya la importancia de distinguir entre agentes oficiales titulados y representantes no acreditados, cuya experiencia y capacidades pueden no ser suficientes para prevenir estos ataques.

Un equilibrio necesario

Si bien la simplificación de los trámites digitales ha sido un logro importante, el aumento de las amenazas de ciberseguridad pone de manifiesto la necesidad de reforzar los sistemas de protección y asesoramiento para los usuarios.

La intervención de agentes oficiales de la propiedad industrial no solo garantiza una correcta gestión administrativa, sino que actúa como una barrera clave contra este tipo de fraudes.

La confianza en las plataformas digitales debe ir acompañada de educación y concienciación sobre los riesgos asociados. Asimismo, resulta imperativo que las administraciones adopten medidas más estrictas para limitar el acceso indiscriminado a datos sensibles y fomentar el uso de servicios profesionales acreditados.

En un panorama donde las estafas son cada vez más audaces y difíciles de detectar, el equilibrio entre accesibilidad y seguridad será crucial para proteger los intereses de los titulares y mantener la confianza en el sistema. La digitalización debe seguir siendo un avance, pero no a expensas de la seguridad de quienes confían en ella.

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La Asamblea de la Unión de La Haya Suspende el Acta de La Haya (1960): Renovando el Sistema Internacional

El pasado 22 de noviembre de 2024, la Asamblea de la Unión de La Haya anunció un cambio importante: a partir del 1 de enero de 2025, el Sistema de La Haya para el Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales dirá adiós al Acta de La Haya (1960) para centrarse exclusivamente en el Acta de Ginebra (1999). ¡Una gran noticia para modernizar y simplificar el sistema!

¿Qué Significa Este Cambio?

Adéntrate en el Acta de Ginebra:
Desde el próximo año, todas las nuevas solicitudes y designaciones deberán seguir las reglas del Acta de Ginebra. Pero no te preocupes, si ya tienes designaciones bajo el Acta de 1960, podrás seguir renovándolas y ajustándolas sin problema.

¿Por qué este cambio?
El objetivo es claro: hacer que el sistema sea más sencillo y accesible para todos, además de ampliar su alcance. Gracias a esta transición, se incluirán más países que forman parte del Acta de Ginebra, brindando una cobertura internacional más amplia.

Novedades a Tener en Cuenta

Cambios en las normas:
El mismo día, también entrarán en vigor nuevas reglas, como la actualización de la Instrucción 403. Ahora, si decides hacer una renuncia gráfica, deberás explicarlo claramente en la descripción del diseño. Esto ayuda a que todo sea más transparente y entendible.

Además, menos es más:
Con la suspensión del Acta de Londres (1934) en 2010 y ahora del Acta de La Haya (1960), el sistema se está enfocando en las reglas más modernas y prácticas. ¡Un paso adelante para estar a la altura de los tiempos!

¿Qué Significa Para Ti?

Si eres diseñador o titular de derechos, esta transición es una oportunidad para aprovechar un sistema más simple, moderno y eficiente. Con más países involucrados y reglas más claras, proteger tus diseños a nivel internacional nunca había sido tan accesible.

Reflexión Final

En resumen, la transición al Acta de Ginebra marca un nuevo capítulo en el Sistema de La Haya. Es un cambio que busca adaptarse a las demandas actuales y facilitar la vida de quienes buscan proteger sus creaciones en un mundo cada vez más globalizado. ¡Prepárate para este nuevo escenario y asegúrate de estar al día con las nuevas disposiciones!

¡El futuro del registro de dibujos y modelos industriales está aquí, y promete ser más claro, ágil y global que nunca!

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La importancia de registrar las marcas para combatir las falsificaciones

Las falsificaciones representan una amenaza creciente para empresas, consumidores y economías nacionales. Combatir esta práctica desleal no es solo proteger los derechos de propiedad industrial; es también garantizar un desarrollo económico sostenible, fomentar la innovación y proteger a los consumidores. En este contexto, registrar las marcas es una herramienta esencial para las empresas.

Registrar una marca

Registrar una marca es el primer paso para proteger los derechos de propiedad industrial. Este registro otorga a las empresas una base legal para actuar contra las falsificaciones y asegura que sus activos intangibles estén resguardados frente a usos indebidos. Proteger legalmente una marca significa garantizar derechos exclusivos para usarla en sectores específicos. También reduce el riesgo de conflictos legales y refuerza la confianza de los consumidores en las empresas que invierten en proteger su identidad.

El daño económico de las falsificaciones

El daño económico que generan las falsificaciones es alarmante. Empresas, gobiernos y economías locales sufren grandes pérdidas: las empresas pierden ingresos y su reputación puede verse afectada, especialmente las pymes; los gobiernos dejan de recaudar impuestos que podrían destinarse a servicios esenciales; y las economías locales ven frenado su desarrollo y se desincentiva la inversión. Además, los consumidores tampoco quedan fuera del impacto negativo, ya que productos falsificados en sectores como la salud, la automoción o la tecnología pueden poner en riesgo su seguridad y erosionar la confianza en las marcas.

La innovación en riesgo

La propiedad industrial es un motor clave para la innovación. Empresas que invierten en investigación y desarrollo dependen de una protección eficaz para seguir creando. Sin mecanismos adecuados, el incentivo para innovar se reduce drásticamente, afectando a todo el ecosistema empresarial. Registrar marcas y activos intangibles es un paso indispensable para contar con herramientas legales contra las falsificaciones. Además, informar y educar a las empresas sobre la importancia de proteger sus marcas y a los consumidores sobre los riesgos de adquirir productos falsificados son acciones fundamentales. La colaboración global y el uso de tecnología, como blockchain o herramientas de seguimiento digital, también son claves en esta lucha.

Compromiso colectivo

Luchar contra las falsificaciones no es solo una cuestión legal. Es un esfuerzo colectivo que fortalece la economía, impulsa la innovación y protege a los consumidores. Registrar las marcas no solo asegura el crecimiento de las empresas, también garantiza un mercado más justo. Desde nuestra posición como agentes oficiales de propiedad industrial, trabajamos para guiar y proteger a las empresas en este desafío, ayudándolas a consolidar sus derechos y defender sus intereses. Con el compromiso de todos, podremos construir un futuro más ético y sostenible para todos.

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La prioridad de una patente: clave para proteger tus derechos a nivel global

En el mundo de la propiedad industrial, la prioridad de una patente es uno de los conceptos más importantes que todo titular o solicitante debe conocer. Este derecho, regulado por el Convenio de París, ofrece una ventaja estratégica clave para quienes desean proteger su invención en varios países. Pero ¿qué significa exactamente y por qué es tan crucial?

¿Qué es la prioridad de una patente?

Cuando presentas una solicitud de patente en un país, esta solicitud genera un derecho de prioridad por un período de 12 meses. Este derecho te permite presentar la misma invención en otros países y reclamar como fecha de referencia la de tu primera solicitud.

Por ejemplo, si registras tu patente en España el 1 de enero de 2025, tendrás hasta el 1 de enero de 2026 para extender esa solicitud a otros países. Durante ese período, ninguna solicitud similar presentada por terceros en esos países podrá afectar tu invención, siempre que respetes el plazo y las condiciones.

¿Por qué es tan importante la prioridad?

La prioridad no es solo un detalle técnico, es una herramienta estratégica que puede marcar la diferencia en un entorno global competitivo:

  1. Protección internacional coordinada: No es necesario presentar solicitudes en todos los países al mismo tiempo. La prioridad te permite planificar dónde y cómo proteger tu invención con tranquilidad, sin temor a perder derechos.
  2. Ventaja frente a competidores: Asegurar la fecha de tu primera solicitud te garantiza que serás reconocido como el primero en registrar esa invención, incluso si un competidor intenta hacerlo en otro país dentro de ese año.
  3. Tiempo para evaluar el mercado: Los 12 meses de prioridad son valiosos para analizar la viabilidad comercial de tu invención, buscar socios estratégicos o financiación, y decidir en qué países vale la pena solicitar protección.
  4. Seguridad jurídica: La fecha de prioridad es un punto de referencia claro y reconocido internacionalmente para demostrar la originalidad y novedad de tu invención.

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