Reducción en las tasas de designación para España de Diseños Internacionales

La Directora General de la OEPM ha comunicado a la OMPI que España desea retirar la declaración formulada en virtud de la Regla 12.1)c)i) del Reglamento Común del Acta de 1999 y del Acta de 1960 del Arreglo de La Haya relativa al nivel de tasas de designación aplicables a solicitudes de diseños internacionales.

En la práctica, esto supone que, a partir del 26 de enero, la tasa aplicable se reducirá notablemente del nivel 3 al nivel 1, alineando la tasa de designación con la tasa de solicitud nacional. De esta forma, la tasa de designación para una solicitud que contenga 10 diseños pasará de 540 a 60 francos suizos.

Esto redundará en hacer más atractivo el Sistema de la Haya de Registro de Diseños Internacionales a todos sus usuarios.

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TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE UNA MARCA ESPAÑOLA

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DE MARCA ante la Oficina Española de Patentes y Marcas vía telemática o presencialmente. 

EXAMEN DE FORMA-. Recibida la solicitud, la oficina de marcas examinará si esta cumple con todos los requisitos formales de presentación. En el caso de que exista algún defecto en la documentación presentada, se informará al solicitante para que los subsane en el plazo de un mes o dos, en el caso de domicilio en el extranjero, si el defecto observado se refiere a los datos mínimos para obtener una fecha de presentación. 

ENVÍO DEL EXPEDIENTE A LA OEPM-. Si los requisitos formales de la solicitud presentada se cumplen o si hubiesen sido subsanados por el solicitante, la solicitud será remitida, con todo lo actuado a la OEPM cuando el órgano competente para efectuar el examen de forma fuera una Comunidad Autónoma. En caso de que los defectos no hubieran sido subsanados o no se hubiera contestado a la notificación, la solicitud se tendrá por desistida. Si los defectos no subsanados solo afectaran a una parte de la solicitud, se podrá tener por desistida parcialmente la solicitud. 

EXAMEN DE LICITUD-. Una vez superado el examen de forma, la OEPM realizará el examen de licitud. Si la OEPM observara algún defecto de licitud lo comunicará al solicitante para que en el plazo de un mes alegue lo que considere oportuno. Si no se supera este examen la solicitud será denegada. 

PUBLICACIÓN EN EL BOPI-. Superado el examen de licitud, la solicitud se publicará en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial por un plazo de dos meses, para que terceros puedan oponerse a ella en caso que estimen que sus derechos se ven afectados por la solicitud presentada.

La OEPM previamente a ordenar la publicación comprobará si la solicitud puede afectar a terceros titulares de marcas ya registradas, y les comunicará que la solicitud presentada se publicará próximamente, por si desearan formular oposición a la solicitud presentada.

EXAMEN DE FONDO-. Transcurrido este período de oposición de dos meses se examina la solicitud para comprobar si incide en alguna de las prohibiciones absolutas de registro. Si nadie ha presentado oposición al registro y no hay objeciones de forma ni fondo, entonces resolverán favorablemente el registro de marca en un plazo de entre 5 y 6 meses.

CONCESIÓN – DENEGACIÓN-. Si la marca solicitada no incurre en prohibición alguna y si no se han presentado oposiciones, la OEPM procede a la concesión de la marca. Asimismo, transcurrido el plazo fijado para la contestación al suspenso, haya o no contestado el solicitante, se concederá o denegará total o parcialmente el registro, según proceda. Esta resolución puede ser recurrida en alzada en el plazo de un mes a partir de su publicación en el B.O.P.I., siendo este recurso previo y obligatorio para acudir a la vía contenciosa. Si la marca es concedida, su titular deberá retirar el título registro de la misma y no estará obligado al pago de tasa alguna, hasta que hubiera que renovar el registro de la misma, transcurridos 10 años desde su fecha de solicitud.

LA DURACIÓN DE LA TRAMITACIÓN-. La Ley de Marcas establece un plazo máximo de tramitación del registro de la marca de doce meses, cuando no hay oposición, y de veinte meses si se trata de una marca a cuyo registro se han opuesto. No obstante, actualmente, el registro de la marca suele tramitarse en pocos meses.

NO TE DEJES ENGAÑAR

España siempre en lucha activa contra la piratería.

El pasado lunes 2 de octubre se inició, con el lema “Si compras falsificaciones, la aventura siempre acaba mal”, una campaña de sensibilización contra la venta ambulante ilegal y de productos falsificados.

La campaña, que finalizó el día 8 de octubre, ha querido no solo concienciar a la ciudadanía sobre los perjuicios y riesgos que comporta la compra de productos falsificados, comercializados principalmente a través de la venta ambulante ilegal, sino también poner en valor los beneficios que la adquisición de productos originales conlleva para la innovación e inversión en I+D, para la generación de empleo, para la actividad económica, además de las garantías de calidad y seguridad que ofrecen las marcas.

El desarrollo de la campaña ha coincidido con el Marcathlon 2017, celebrado el día 7 de octubre, un evento gratuito, lúdico y educativo donde marcas, asociaciones e instituciones de muchos sectores se unen para dar a conocer la importancia que tiene la Propiedad Industrial para la economía y la sociedad españolas.

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UN BUEN EJEMPLO PARA BARCELONA

La ciudad de Florencia ha ideado un método de comunicación creativa: cerca de 200 grafiti hechos a base de yogur y yeso fácilmente eliminables, con escritos destinados tanto a florentinos como a visitantes, para invitarles a no ensuciar y no adquirir productos falsificados.

Estas pintadas forman parte de la campaña de sensibilización ciudadana que lleva el lema “INVASIÓN CÍVICA”. La misión que arrancó el mes de junio, en pleno período estival, coincidiendo con la masiva llegada de turistas, tiene el objetivo de promover las buenas relaciones civiles.

La particularidad de estos grafitis está, no solo en el mensaje que transmiten, claro y contundente, – “Be aware! If you buy from illegal Street vendors you feed crime. You can be fined up to 7.000 euro”, “Animale! Quando non la raccogli l’animale non è il tu ocane, sei tu! La multa di 160 euro” y “Salvaggio! Non lasciare riffiuti ingombranti in Strada. Se chiami l’199-163315. Il ritiro è gratis”-, sino el material con el que se pintan, totalmente biodegradable, una mezcla hecha de yogurt y yeso, fácilmente eliminable con agua. Sin duda, estos diseños predican con el ejemplo: no tienen ningún impacto ambiental y además, llaman a la “buena educación de los turistas”.

El Brexit i los derechos de propiedad industrial

El 23 de junio de 2016 los ciudadanos del Reino Unido decidieron con su voto abandonar la Unión Europea y este hecho acarrea sin alguna duda, consecuencias jurídicas que también afectaran el ámbito de los derechos de la propiedad industrial.

En lo que respecta al derecho comunitario los nuevos solicitantes deberían realizar dos registros: uno en el Reino Unido (IPO) y otro en la Unión Europea (EUIPO) ya que debido a su carácter unitario no se pueden fraccionar por países. Del mismo modo, los titulares de Marcas, Modelos y Dibujos comunitarios podrían perder el alcance de la protección territorial en este Estado tras la marcha del país, a no ser que el Reino Unido implemente algún tipo de legislación interna para determinar el régimen de los registros concedidos y en vigor.

Por otra parte, los solicitantes de Patentes Europeas no tendrán ningún problema para validar una patente europea en el Reino Unido porque el mencionado país sigue figurando como parte firmante del Convenio de Munich. Puesto que la Patente Europea no otorga un derecho unitario, su procedimiento de solicitud y concesión es unificado tras ser concedida por la EPO exigiendo que el titular de la patente se pronuncie sobre cuáles de los países firmantes del Convenio quiere protección.

En relación con el sistema de Patente Unitaria Europea, del cual España no forma parte, el abandono de la Unión Europea le supondría la imposibilidad de seguir formando parte del sistema, puesto que únicamente pueden participar los estados miembros de la Unión.

Finalmente, en el caso que los certificados complementarios de protección se rigieran por un reglamento europeo dejarían de tener efecto en el Reino Unido.

En conclusión, habrá que esperar las condiciones finales del acuerdo para ver si, tras abandonar la unión europea, también lo hace del espacio económico europeo.

Nuevas incorporaciones al programa GPPH

El 6 de julio de 2017 la Oficina de Propiedad Intelectual de Nueva Zelanda (IPONZ) y la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia (SIC) se unieron al programa de cooperación internacional de Procedimiento Acelerado de Patentes “Global Patent Prosecution Highway”.

Dicho acuerdo multilateral, del que forman parte más de 20 oficinas nacionales de Propiedad Industrial entre las que se encuentra la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), permite a los solicitantes de patentes pedir el examen acelerado en cualquiera de las oficinas participantes si su solicitud contiene reivindicaciones que se han determinado patentables/otorgables anteriormente por cualquiera de las otras oficinas que participan en el proyecto.

Nuevo canon digital

El Gobierno ha aprobado el Real decreto Ley que regula el nuevo canon digital que pretende compensar así a los autores por las posibles copias privadas de los usuarios.

El modelo que se aprueba ahora, y que previsiblemente será convalidado con el próximo Pleno del Congreso de los Diputados, está “basado en el pago de un importe a satisfacer por los fabricantes y distribuidores de equipos y soportes de reproducción, acompañado de un mecanismo efectivo de exceptuaciones y reembolsos”, en palabras de Méndez de Vigo.

En concreto, con este nuevo modelo, el pago de la copia privada recaerá en los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción, mientras que se exceptúa del pago a las personas físicas y jurídicas que justifiquen el destino profesional de los equipos y soportes adquiridos, y a las entidades integrantes del sector público.

Canon

La Superintendencia en el club de los grandes

A partir del 6 de julio, Colombia entra a formar parte de la RED DE PROCEDIMIENTOS ACELERADOS DE PATENTE-GLOBAL PPH, el cual se encuentra integrado por 22 países de Europa, América del Norte, Asia, Oceanía, y ahora América del Sur.

A partir de esa fecha, los solicitantes de patente que hayan obtenido su protección en Colombia podrán solicitar que se adelante el examen de la misma solicitud en cualquiera de los 22 países que hacen parte de la iniciativa global de procedimientos Acelerados de patente GPPH.

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Estudiantes de ELISAVA diseñan el interior de la primera cápsula de turismo espacial de Europa

Seis estudiantes de la escuela Universitaria de Diseño e Ingeniería de Barcelona (ELISAVA) han diseñado el interior de la primera cápsula de turismo de Europa, que en dos años llevará turistas a la estratosfera.

La nave permitirá realizar viajes comerciales y de ocio de 6 horas hasta unos 34 km de distancia de la superficie terrestre, desde donde se verá la curvatura de la tierra y el espacio, y podrá transportar hasta 6 personas, 2 de las cuales serán los tripulantes.

En este sentido, la nave ha estado diseñada de tal manera que el pasajero no se agobie con un espacio modular, dinámico, programable, neutro e inteligente que potencia la interacción entre la persona, la cápsula y el entorno.

De este modo, la nave cuenta con espacios cambiables, butacas reclinables y móviles, lavabos, suelos y paredes construidos con materiales blandos para poderse estirar o aplicaciones tecnológicas en las ventanas para escuchar música, jugar o localizar lugares en la Tierra.

Los 6 alumnos fueron elegidos tras una fase de pruebas y para llegar a diseñar esta cápsula pasaron 6 horas encerrados en un espacio de 12 metros cuadrados -como el que tiene la nave- para ver qué sensaciones tenían, y volaron con un globo de helio para vivir una experiencia similar a la de Bloon.

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